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Madrid designa a los miembros de las mesas electorales para las elecciones del 29 de noviembre

Se han seleccionado a 32.715 ciudadanos que formarán parte de las 3.635 mesas electorales en Madrid, compuestas por un presidente y dos vocales. Se enviarán notificaciones a los elegidos.

Madrid designa a los miembros de las mesas electorales para las elecciones del 29 de noviembre

El Ayuntamiento de Madrid ha llevado a cabo un Pleno extraordinario para seleccionar, mediante un sorteo informático, a los 32.715 ciudadanos que formarán parte de las mesas electorales el próximo 29 de noviembre, durante las elecciones a las Cortes Generales.

Este sorteo ha dado lugar a una tabla que establece el orden de selección de los electores que ocuparán los cargos de presidente y vocales, así como los suplentes. Se han elegido las personas necesarias para cubrir las 3.635 mesas electorales que se constituirán en los 437 colegios electorales de la ciudad, lo que representa un aumento de tres colegios respecto a las últimas elecciones al Parlamento Europeo y 21 más que en las anteriores elecciones generales. Este incremento se debe a que, en los comicios de julio de 2023, algunos locales electorales no pudieron utilizarse por obras de acondicionamiento. En esta ocasión, se habilitarán 157 mesas más.

La condición de miembro de la mesa electoral es obligatoria y las excusas que impidan la aceptación del cargo deben justificarse documentalmente ante la Junta Electoral de Zona de Madrid. Cada mesa está compuesta por un presidente y dos vocales, además de dos suplentes para cada uno de estos tres miembros. En total, el proceso informático designa nueve electores por mesa, aunque solo tres de ellos actuarán el día de las elecciones.

A las personas seleccionadas se les enviará una notificación a su domicilio con acuse de recibo. Para facilitar el proceso, la notificación también estará disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento. Posteriormente, recibirán un manual que detalla sus funciones como miembros de la mesa.

Las causas de excusa están recogidas en la Instrucción 6/2011, de 14 de marzo, de la Junta Electoral Central, que incluye razones como tener una discapacidad igual o superior al 33%, haber formado parte de una mesa electoral en al menos tres ocasiones en los últimos diez años, o ser personal sanitario de guardia, entre otras.

Es importante destacar que la no presentación de los electores designados el día de la constitución de las mesas se considera delito electoral, con penas de prisión de tres meses a un año o multas de seis a veinticuatro meses. Los miembros que finalmente constituyan la mesa electoral tienen derecho a un permiso retribuido durante el día de la votación, así como a una reducción de cinco horas de su jornada laboral del día siguiente y a una dieta de 75 euros.

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